Los Cabos, Baja California Sur, a 24 de junio de 2026: La AMATUR, Asociación Mexicana de Agencias de Turismo Receptivo, su Consejo Directivo a nivel Nacional y su Presidente Ejecutivo, Sergio González Rubiera, se congratulan por el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que considera procedente y fundada la controversia constitucional 180/2025, y se declara la invalidez de los artículos 6 y 47 Bis, del Reglamento de la Ley de Transporte para el Estado de Baja California Sur, reformados mediante Decreto publicado el dieciséis de mayo de dos mil veinticinco en la Gaceta Oficial del Gobierno de dicho Estado, y asimismo establece que cualquier verificación, inspección o actos de supervisión a los permisionarios del transporte turístico con placas federales corresponde única y exclusivamente al Gobierno Federal, dejando sin facultades al Gobierno de ese Estado para inspeccionar a los permisionarios mencionados. Esta es una gran noticia para el transporte turístico, para los empresarios turísticos de Los Cabos y de todo el país, ya que se sienta un precedente extensivo a otras entidades federativas. Reconocemos la valiosísima labor de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), a cargo del Ing. Luis Ruiz Hernández, y a la Dirección Jurídica de la SICT, por haber logrado este proyecto, que ha sido revisado, avalado y supervisado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Esta decisión jurídica establece un precedente muy importante, no solo para la transportación turística, sino para la competitividad de los destinos turísticos de nuestro país. AMATUR ha trabajado por años con entusiasmo y energía, en colaboración con las autoridades federales, para hoy finalmente poder lograr este fallo, esta decisión que garantiza la certeza jurídica no solo para los empresarios del transporte, sino para la hotelería, los DMC´s, operadores del turismo receptivo y empresarios turísticos de Los Cabos, pero también de todo nuestro País










